.
.
.
Búsqueda avanzada
.
.
.
institución:INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA (ITCR)
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

113 resultados encontrados en 62 ms. Página 9 de 12
Descargar    Expandir/Colapsar
DIVISIÓN JURÍDICA Equipo de Gestión y Asesoría Interdisciplinario 09 de junio, 2010 DJ-2258-2010 Licenciada Lucía Gólcher Beirute Fiscalizadora División Jurídica Estimada licenciada: Asunto: Emisión de criterio técnico relacionado con la Licitación Pública No. 2009LN- 000004-APITCR promovida por el Instituto Tecnológico de Costa Rica para la prestación de servicios de limpieza. Adjudicatario: Mauricio Rodríguez Murillo Apelante: Multinegocios Internacionales de América S.A. Se atiende oficio No. DJ-2152-2010 mediante el cual solicita valorar si lo dicho por esta instancia técnica en el oficio No. DJ-1488-2010 del 23 de abril, en relación con la oferta de MUTIASA se mantiene o cambia. 1. ANTECEDENTES. Es importante aclarar que el criterio técnico rendido en el oficio No. DJ-1488-2010 del 23 de abril de 2010, respecto de la empresa recurrente MUTIASA se fundamentó en el esquema de organización indicado por esa empresa en la prueba presentada con su recurso de apelación, que consistía en 48 horas ordinarias con 3 horas extraordinarias. Dicho esquema no resultaba acorde con la jurisprudencia en materia laboral por cuanto computaba las horas extra a partir de la jornada acumulativa semanal y no en forma diaria, razón por la cual lo que correspondía era considerar 5 horas extraordinarias y no 3 como se indicaba en la prueba. Así las cosas, una vez valorada la prueba y corregido el número de horas extraordinarias, esta instancia técnica concluyó que el monto ofertado para Mano de Obra del propio Apelante era insuficiente para hacer frente al pago de los salarios y cargas sociales de su oferta. Los resultados de este análisis se exponen en el criterio técnico rendido mediante el oficio DJ-1488-2010; sin embargo, en la respuesta a la audiencia especial conferida la empresa MUTIASA no se refiere a los resultados obtenidos una vez que al esquema de su prueba técnica fue ...
Fecha publicación: 12/06/2010
Fecha emisión: 09/06/2010
Institución: INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA (ITCR)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


R-DJ-238-2010 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División Jurídica San José, a las once horas del cuatro de junio del dos mil diez. -------------------------------------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por TIC COMPUTADORAS S. A en contra del cartel de la Licitación Pública 2010LN- 000001- APITCR, promovida por el Instituto Tecnológico de Costa Rica para la adquisición de equipos de cómputo.------------------------------------------------------------- I.-POR CUANTO: La firma TIC COMPUTADORAS S. A, el 21 de mayo del 2010, interpuso recurso de objeción en contra del cartel de la Licitación Pública 2010LN- 000001- APITCR para adquisición equipos de cómputo.--------------------------------------------------------------------------------- II. POR CUANTO: Mediante auto de las quince horas con treinta y cinco minutos del veinticinco de mayo de dos mil diez, se concedió audiencia especial a la Administración con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y remitiera una copia fiel del cartel. ------------- III. POR CUANTO: La Administración respondió la audiencia, mediante oficio AP-628-2010 del 28 de mayo de 2010.----------------------------------------------------------------------------------------------- IV.-SOBRE EL FONDO: Este Despacho ha indicado que el recurso de objeción es un instrumento procesal dispuesto en nuestro ordenamiento para remover obstáculos que se estimen injustificados o arbitrarios que de alguna medida limiten la libertad de participación de potenciales oferentes. Este recurso demanda que el inconforme señale en forma expresa y razonada en qué consiste la disconformidad, es decir, debe demostrar la falta de fundamento técnico o jurídico de la cláusula que objeta. Establecido lo anterior y antes de analizar el fondo del recurso, en cuanto a la legitimación es importante señalar que el objetante en su acción recursiva manifiesta que se ded ...
Fecha publicación: 06/06/2010
Fecha emisión: 04/06/2010
Institución: INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA (ITCR)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


R-DJ-219-2010 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División Jurídica. San José, a las quince horas del veinticinco de mayo de 2010. ------------------------------------------------------------------------ Recurso de objeción interpuesto por la firma Red Global S. A. en contra del cartel de la Licitación Pública 2010LN-000001-APITCR , promovida por el Instituto Tecnológico de Costa Rica para la adquisición de equipo de cómputo. ------------------------------------------------------------- I.- POR CUANTO: La firma Red Global S. A., presentó el 21 de mayo de 2010, vía fax, recurso de objeción al cartel de la Licitación Pública 2010LN-000001-APITCR, presentándose el documento original el 25 de mayo del 2010. ------------------------------------------------------------------ II.-POR CUANTO: La invitación de la Licitación Pública 2010LN-000001-APITCR se publicó en La Gaceta Digital N° 89 de 12 de mayo de 2010, y se fijó la apertura de ofertas para el 11 de junio de 2010. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------- IV. POR CUANTO: Sobre la admisibilidad del recurso. Para dar trámite a una acción recursiva como la que nos ocupa, es importante determinar el cumplimiento de una serie de aspectos básicos para proceder a darle curso. En primer lugar debe presentarse en el plazo y con las formalidades de ley, en segundo lugar debe interponerse ante el órgano competente, en tercer lugar debe fundamentarse adecuadamente el recurso, entre otros. En el caso sometido a estudio se incumple claramente uno de esos requisitos, como lo es la correcta presentación en plazo con las formalidades correspondientes. A fin de analizar lo concerniente al plazo, es menester tener presente que, según lo preceptúa el artículo 170 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (RLCA), el recurso de objeción debe interponerse dentro del primer tercio del plazo para presentar ...
Fecha publicación: 28/05/2010
Fecha emisión: 25/05/2010
Institución: INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA (ITCR)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 2 R-DCA-569-2007 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas del catorce de diciembre de dos mil siete.------------ Recurso de Apelación interpuesto por C.R Conectividad S.A. en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada 2007LA-000036-APITCR, promovida por el Instituto Tecnológico de Costa Rica, adquisición de equipo para videoconferencia, acto recaído a favor de Sonivisión S.A., por un monto de US$ 69.670,00. (ítem 1 $52.139,00, ítem II $17.531,00).------------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. CR Conectividad S.A., presentó recurso de apelación el día 07 de diciembre de 2007.--------- II. En los procedimientos se han observado las prescripciones constitucionales, legales y reglamentarias y, ---------------------------------------------------------------------------------------------- CONSIDERANDO Hechos Probados: 1) Que el Instituto Tecnológico de Costa Rica promovió la Licitación Abreviada 2007LA-000036-APITCR, acto recaído a favor de Sonivisión S.A., por un monto de US$ 69.670,00 (ítem 1 $52.139,00, ítem II $17.531,00. 2) Que el tipo de cambio de referencia de venta del colón costarricense del 4 de diciembre 2007 (fecha de la comunicación del acto de adjudicación) era de ¢502,28. (Ver http://www.bccr.fi.cr). 3) Que la empresa CR Conectividad presenta recurso de apelación contra el ítem I.--------------------------------------------------------------------------------------- III.-De la admisibilidad del recurso presentado. Procedencia del recurso en cuanto al monto: En La Gaceta número 43 del 1 de marzo de 2007, se comunicó la resolución R-CO-07-2007, dictada por el Despacho de la Contralora General de la República a las 11 horas del 21 de febrero de 2007, mediante la cual se comunicó el promedio de los presupuestos de compra de bienes y servicios no personales de los años 2005, 2006 y 2007 según dispone la ...
Fecha publicación: 21/12/2007
Fecha emisión: 14/12/2007
Institución: INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA (ITCR)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 08410 27 de julio de 2007 DAGJ-0914-2007 Máster Hannia Rodríguez Mora Directora Departamento de Recursos Humanos INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA Estimada señora: Asunto: Se solicita criterio en relación a la presentación del informe final de gestión contemplado en el artículo 12 de la Ley General de Control Interno. Se refiere este Despacho a su oficio N°RH-1111-07, de fecha 28 de junio del año en curso, remitido a la Contraloría General el 18 de julio de los corrientes, por medio del cual solicita nuestro criterio en relación con la presentación del informe final de gestión contemplado en el inciso e) del artículo 12 de la Ley General de Control Interno. Sobre este particular, nos solicita nos pronunciemos en relación al tiempo que se le debe otorgar al funcionario que ha sido reelecto para que presente el informe final de gestión. Indica, que su duda radica en el hecho de que si un funcionario a concluido el período de gestión y resulta reelecto, si el informe final de gestión debe de presentarse al final del primer período o por el contrario, al finalizar ambas gestiones. Criterio del Despacho Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7424 del 07 de setiembre del 1994, ordinariamente ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa”). Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad. El punto N° 3 de dicha circular dispone que “Toda consulta debe presentarse por escrito, debidamente firmada por el jerarca del ente u ór ...
Fecha publicación: 06/08/2007
Fecha emisión: 27/07/2007
Documento: 08410-2007.doc
Institución: INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA (ITCR)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA


1 2 Sr. Alvaro Camacho de la O 09 de mayo de 2006 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 06104 13 de junio de 2007 DAGJ-0634-2007 Máster Eugenio Trejos B Presidente Consejo Institucional INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA Estimado señor: Asunto: Reglamento de pago de kilometraje a las personas funcionarias del Instituto Tecnológico de Costa Rica. Se da respuesta a su oficio SCI-494-2006 del 25 de agosto del 2006 mediante el cual remite nuevamente el Reglamento de pago de Kilometraje de esa Institución para conocimiento y aprobación de este órgano contralor. Indica en su nota el proceso seguido por ese Consejo para poder adoptar dicha reglamentación y la forma en que se atendieron las observaciones efectuada por la Contraloría General de la República en el oficio 10291 del 02 de setiembre de 2005. Al respecto, luego de constatar el cumplimiento de las recomendaciones dadas por la Contraloría General en el oficio 10291 antes mencionado, se devuelve el Reglamento con la aprobación de este órgano contralor, debiendo respetar esa Institución lo indicado en la Resolución N° R-CO-22-2007 de las 15:00 hrs 22 de mayo del año en curso, publicada en La Gaceta N° 105 del 01 de junio del 2007, así como de aquellas que la modifiquen. Atentamente, Lic. Allan R. Ugalde Rojas Gerente Asociado AUR/Rbr ci Archivo Central Ni: 20158 G:2006004731-1 ] ...
Fecha publicación: 22/06/2007
Fecha emisión: 13/06/2007
Documento: 06104-2007.doc
Institución: INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA (ITCR)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: DICTAMEN DE REGLAMENTOS DE TIPOS ABIERTOS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales FOE-SOC-0069 3 8 de febrero, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nº 1152 8 de febrero, 2007 FOE-SOC-0069 Licenciado Isidro Álvarez Salazar Auditor Interno INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA Estimado señor: Asunto: Se evacúa consulta sobre la posibilidad de ampliar el plazo que tienen los funcionarios públicos para presentar el informe final de gestión. Esta Contraloría General recibió el oficio AUDI-3103-2006 de fecha 19 de diciembre del año 2006, en el que solicita criterio con respecto al plazo que tienen los funcionarios públicos para presentar el informe final de su gestión de conformidad con lo establecido en la Resolución R-CO-61 de las doce horas del veinticuatro de junio del dos mil cinco, donde se emiten las directrices que deben observar los funcionarios obligados a presentar el informe final de su gestión, según lo dispuesto en el inciso e) del artículo 12 de la Ley General de Control Interno. Señala en su misiva que la Auditoría Interna tuvo una diferencia de criterio con las autoridades institucionales en relación con la posibilidad de ampliar los plazos establecidos en la directrices supracitadas, por cuanto esa dependencia considera que la directriz emitida por este órgano contralor es vinculante, en razón de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, en tanto que las autoridades institucionales estiman que se tiene la posibilidad de variar los plazos establecidos al amparo de la autonomía universitaria. En primer término, se considera importante señalar que, en efecto, el artículo 84 de la Constitución Política establece que las universidades son instituciones de educación superior dotadas de autonomía para el desempeño de sus funciones y de plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, así ...
Fecha publicación: 11/02/2007
Fecha emisión: 08/02/2007
Institución: INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA (ITCR)
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Tesauro: Deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema de control interno


PAGE 3 R-DAGJ-034-2006 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las catorce horas del diez de enero de dos mil seis.---------------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Gerard O. Elsner Ltda, en contra del acto de adjudicación de la Licitación por registro No. 64-2005 promovida por el Hospital México para la adquisición de una unidad de artroscopia, recaído a favor de Central Farmacéutica S.A. por un monto total de $ 32.900.00.----------------------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO: I.- Que el apelante, interpuso recurso de apelación en contra de la adjudicación antes referida, mediante su escrito presentado el 16 de diciembre de 2005 ante esta Contraloría General.------------- II.- Que la presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.-------------------- CONSIDERANDO: I.- Hechos Probados: Este Despacho para la resolución del presente recurso ha tenido por probados los siguientes hechos: 1) Que el Hospital México promovió la Licitación por registro No. 64-2005 promovida para la adquisición de una unidad de artroscopia (folio D4 del expediente de apelación). 2) Que el acto de adjudicación de este concurso recayó a favor de Cefa Central Farmacéutica S.A. por un monto de $ 32.900.00 (folio D4 del expediente de apelación). 3) Que el acto de adjudicación se publicó en La Gaceta No. 237 del 8 de diciembre de 2005 (folio D4 del expediente de apelación).------------- ---------------------------------------------------------------------------- II.- De la admisibilidad del recurso presentado. a) Conversión de las adjudicaciones expresadas en dólares. En cuanto a las adjudicaciones cuyo monto se encuentra expresado en dólares, específicamente en lo que se refiere a cuál es la fecha que debe t ...
Fecha publicación: 01/02/2007
Fecha emisión: 16/01/2007
Institución: INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA (ITCR)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


PAGE 2 R-DCA-398-2006 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas con treinta minutos del ocho de agosto de dos mil seis.--------------------- Recurso de Apelación interpuesto por Sánchez Gómez Ingeniería S. A. en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública 07-2005 promovida por el Instituto Tecnológico de Costa Rica, para la construcción de la primera etapa del edificio para Ingeniería Ambiental, recaído a favor de Industrias Bendig S. A., por un monto de ¢88.756.171,00.-------------------------------------- RESULTANDO I.-La apelante alega falta de capacidad financiera de la firma adjudicataria.------------------------------ II.-Mediante auto de las quince horas del doce de junio de dos mil seis, se confirió audiencia inicial a la Administración y a la adjudicataria, la cual fue atenida por ambas partes.---------------------------- III.-Mediante auto de las once horas del veintisiete de julio de dos mil seis, se confirió la audiencia final la cual fue contestada, únicamente, por la apelante.----------------------------------------------------- IV.-La presente resolución se dicta dentro del término de ley habiéndose observado durante su trámite las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.--------------------------------------------- CONSIDERANDO I.- Hechos Probados: Este Despacho, para la resolución del presente recurso, ha tenido por probados los siguientes hechos: 1) Que el Instituto Tecnológico de Costa Rica promovió la Licitación Pública 7-2005 para la construcción de la primera etapa del edificio para Ingeniería Ambiental (véase La Gaceta 219 del 14 de noviembre de 2005). 2) Que en este concurso participaron, entre otras, las empresas Sánchez Gómez Ingeniería S. A. e Industrias Bendig S. A. (véanse las plicas presentadas en expediente administrativo de la licitación). 3) Que la adjudicación recayó sobre Industrias Bendig S. A. por un monto de ¢88.756.171,00 (véa ...
Fecha publicación: 12/08/2006
Fecha emisión: 09/08/2006
Institución: INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA (ITCR)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


1 2 R-DCA-388-2006 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas del primero de agosto de dos mil seis.--------------------- Solicitud de adición de la resolución de resolución R-DCA-313-2006 de las ocho horas con treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil seis, que resolvió los recursos de objeción al cartel interpuestos por Disexport Internacional S. A. y Automotores Superiores S.A. en contra del cartel de la Licitación Pública 02-2006 promovida por el Instituto Tecnológico de Costa Rica para la adquisición de flotilla vehicular.------------------------------------------------------------------------ RESULTANDO I.-La gestión que se conoce fue interpuesta en forma extemporánea.--------------------------------------- II.-El Instituto Tecnológico de Costa Ricas solicita criterio en cuanto a que esa Administración no se allanó a la objeción hecha por Automotores Superiores S.A. referente al aire acondicionado y, no obstante, en la resolución se indicó lo contrario.--------------------------------------------------------------- CONSIDERANDO Único.-Sobre el fondo de la gestión: A pesar de que la presente solicitud de aclaración y adición fue interpuesta en forma extemporánea, este Despacho se permite señalar que lleva razón la Administración en cuanto a que su respuesta fue negativa a la solicitud de la recurrente de modificar el punto 4) de las líneas 2 y 3 del cartel de la licitación y que en la resolución se indica lo contrario. Lo requerido específicamente por la objetante era que los tipos de aire acondicionado fueran solicitados pero “preferiblemente”. Como puede observarse, la solicitud del recurrente en nada varía el requerimiento original de mérito, ya que su intención es que no se limite la participación de unidades con aires acondicionados de otros tipos distintos a los requeridos, pero que igualmente puedan cumplir la función específica, aspecto sobre el cual damos la razón. En la ...
Fecha publicación: 06/08/2006
Fecha emisión: 03/08/2006
Institución: INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA (ITCR)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRABAJO PERMANENTE